Larúbrica del capítulo II de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, queda redactada así: «Del régimen de la propiedad por pisos o loca-les.» Artículo cuarto. El artículo 7 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal, queda redactado en los siguientes términos: «1. El propietario de cada piso o
Segundo-Establece el artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal, Ley 49/1960, de 21 de julio, modificada primero por la 2/1988, de 23 de febrero, y después por la 8/1999, de 6 de abril, que "el adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad, responde
La propiedad horizontal de hecho. El artículo 2.b LPH (procedente de la reforma de 1999) declara que la Ley de Propiedad Horizontal será aplicable a las comunidades de propietarios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de la propiedad horizontal.
Sabemosque el adquirente de un inmueble es deudor en tanto ha adquirido la finca y por la vía del art. 9 LPH -EDL 1960/55- se le puede reclamar la deuda como señala el art. 9.1. e) 3º que apunta que: "El adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal, incluso con título inscrito en el Registro de la Propiedad
Estableceel artículo 3 de la Ley 49/1964 de Propiedad Horizontal (LPH) que, en el régimen de propiedad establecido en el artículo 396 CC, corresponde a cada piso o local, junto al derecho singular y exclusivo de propiedad sobre ese espacio suficientemente delimitado y susceptible de aprovechamiento independiente, la copropiedad, con los
LaLey de Propiedad Horizontal (LPH), en su artículo 9.1.e), dispone que “son obligaciones de cada propietario () contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o
. 28 128 122 353 81 295 314 130 232
articulo 9.1 ley propiedad horizontal